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Un juez federal declaró inconstitucional el cobro de las retenciones

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Lo hizo Héctor Plou, magistrado de Junín luego de un planteo de productores de esa región del norte bonaerense
17 de agosto de 2022
14:21
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Gabriela Origlia
PARA LA NACION
Héctor Plou, juez federal de Junín, interpretó que el Ejecutivo busca seguir con la facultad del cobro de retenciones luego de vencida la ley de emergencia económica
Héctor Plou, juez federal de Junín, interpretó que el Ejecutivo busca seguir con la facultad del cobro de retenciones luego de vencida la ley de emergencia económica
archivo – LA NACION

Héctor Plou, juez federal de Junín, provincia de Buenos Aires, declaró inconstitucional a las alícuotas de los derechos de exportación en vigencia y fijadas por el decreto 851/2021. El fallo es en respuesta a una presentación de productores rurales de esa ciudad patrocinados por Alejandro Barbieri, expresidente de la Sociedad Rural local, y Luis Panetta.

Los fundamentos de este fallo de primera instancia es que como el Congreso no sancionó el presupuesto para este año, no se prorrogó tampoco la vigencia de la Ley de Emergencia Económica que le daba la facultad al Poder Ejecutivo de fijar las alícuotas.

El texto de Plou señala que el argumento del Poder Ejecutivo frente a esta circunstancia “–omitiendo explicar por qué solicitó una extensión temporal de la delegación- se limitó a decir que el decreto cuestionado fue dictado mientras estaba vigente la delegación, esto es, antes del 31 de diciembre de 2021. Esto es cierto, pero omite la cuestión central: pretende regir después de vencida esa facultad”.


En diálogo con LA NACION, Barbieri explicó que, a su criterio, lo “más importante” del fallo es que reconoce a los productores como “damnificados directamente perjudicados” por las retenciones.

Apelarán que no reconoce la representatividad de la Sociedad Rural de Junín que acompañó a los que hicieron la presentación. El fallo admite “parcialmente” la excepción de falta de legitimación activa y, en consecuencia, no hace lugar a acción de amparo promovida por Jorge Andrés Moutuos y Gerardo René Aperlo, en representación de la Sociedad Rural de Junín.

Instancia
“Los que se benefician de esta sentencia de primera instancia son los mismos productores agropecuarios ya que fueron reconocidos como legitimados para realizar el reclamo -agregó-. Salimos de la protesta y vamos por otras alternativas más allá de que hoy las retenciones son el ‘mal menor’ frente a lo que considero el ‘robo del siglo’ que es la brecha cambiaria”.

La decisión judicial no es comparable a la de abril del juez federal Ricardo Bustos Fierro, de Córdoba, que avanzó en reconocer la acción colectiva presentada por la Sociedad Rural Argentina (SRA) en contra de las retenciones, pero no se expidió sobre esa cuestión. La causa está todavía en trámite por una serie de presentaciones posteriores.

Barbieri es patrocinante de otros dos amparos de asociaciones de Arrecifes y Baradero; uno de los cuales fue remitido por el juez federal de San Nicolás a Bustos Fierro.

Gabriela Origlia

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